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ACTUALIZACIÓN DE DATOS POR PARTE DE ASOCIACIONES

"Atendiendo a lo recogido en el artículo 33.2. del Reglamento de Participación Ciudadana (aprobado y publicado en BOPA N149 del 28 de junio de 2001), las entidades con sede en el municipio pueden actualizar por sede telemática los datos en el registro municipal de asociaciones hasta el próximo 31 de marzo, aportando los siguientes datos:

  • Presupuesto previsto para el ejercicio 2025.
  • Número actualizado de socios al corriente de cuotas
  • Programación de actividades previstas para 2025
  • Relación de las personas que integran la junta directiva.

La instancia para la actualización de datos, que podrá descargarse de la página web municipal, deberá ser firmada por su presidente como representante legal.
Según lo establecido en punto 3. del citado artículo, el incumplimiento del trámite podrá dar lugar a que el Ayuntamiento acuerde la baja de la asociación en el Registro.
A modo informativo se transcribe literalmente el artículo 33 del Reglamento de Participación Ciudadana:
“Artículo 33.- De la práctica de la inscripción.

  1. En el plazo máximo de dos meses, desde la solicitud de inscripción, y salvo que el mismo hubiera de interrumpirse por la necesidad de aportar documentación no aportada inicialmente, el Alcalde resolverá sobre la inscripción, y en el caso de ser aceptada, notificará a la asociación o entidad su número de inscripción y los datos de la misma; a partir de ese momento se considerará de alta a todos los efectos.
  2. Las asociaciones inscritas están obligadas a mantener sus datos al día, notificando cuantas modificaciones se produjeren en el plazo de un mes. El Presupuesto, el balance económico del ejercicio anterior, el programa anual de actividades, y la certificación del número de socios se comunicarán durante el primer trimestre de cada año.
  3. El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a que el Ayuntamiento acuerde la baja de la asociación en el Registro.”

Accede aquí al documento de Actualización de datos