Estas en:

Participación pública en normas municipales

1.- ¿Qué es?

Este canal se constituye como el punto de acceso a los trámites de consulta pública previa y de audiencia e información pública en el proceso de elaboración de las normas municipales.

2.- Legislación

Artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

3.- ¿Cuál es su finalidad?

Recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones antes de la elaboración de un proyecto normativo, con carácter general y además recabar la opinión de los ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados por un proyecto normativo ya redactado.

4.- Tipos

CONSULTA PÚBLICA PREVIA.

Los trámites de consulta pública previa tienen por objeto recabar la opinión de ciudadanía, organizaciones y asociaciones antes de la elaboración de un proyecto normativo. Pulsa aquí para CONSULTA PÚBLICA PREVIA.

AUDIENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA.

Los trámites de audiencia e información pública tienen por objeto recabar la opinión de los ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados por un proyecto normativo ya redactado, directamente o a través de las organizaciones o asociaciones que los representen, así como obtener cuantas aportaciones adicionales puedan realizar otras personas o entidades. Pulsa aquí para AUDIENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA.